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Tribunal rechaza anular elección judicial; magistrados desestiman \’\’acordeones\’\’

  • Ago 21,2025
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La mayoría de los magistrados del Tribunal Electoral señalaron que los ”acordeones” no fueron determinantes para inducir el voto en la jornada del 1 de junio.El TEPJF analizó los acordeones de la elección judicial, pero desestimó su existencia nacional e incidencia.

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la validez de la elección de ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), al descartar su anulación, pues a juicio de tres de cinco magistrados no se acreditó la existencia de ”acordeones” producto de una estrategia orquestada, ni que hayan influido de modo determinante en los electores.

En el debate, los tres magistrados exigieron circunstancias de tiempo, modo, lugar, quién pagó los acordeones y comprobación de que los ciudadanos los obedecieron, pero al mismo tiempo rechazaron dar vista al Instituto Nacional Electoral (INE) para que investigue todo ello.

La discusión, que se prolongó casi cinco horas, adquirió por momentos tonos de regaño, pues los tres magistrados que hicieron mayoría consideraron que sólo hay “simples sospechas”, un “conjunto de inferencias” y con eso no es posible anular una elección.

Hasta el momento la Sala Superior había conocido 156 casos en los que se ha denunciado la existencia de acordeones, pero el TEPJF los ha desestimado.

Este miércoles se abordaron dos impugnaciones de los llamados “recursos madre” en los que se denunció el uso masivo de esos listados para incidir en la votación de ministros de la SCJN.

En ambos casos, por separado, los magistrados Reyes Rodríguez Mondragón y Janine Otálora Malassis concluyeron la existencia de una estrategia nacional para afectar el voto libre e incidir en la voluntad ciudadana con los acordeones, por lo que propusieron anular la elección de integrantes de la SCJN.

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Pero votaron en contra de ambos casos los magistrados Mónica Soto, presidenta, y los magistrados Felipe Alfredo Fuentes y Felipe de la Mata Pizaña, mismos que aseguraron la inexistencia de pruebas.

Pero votaron también por no dar vista al INE para que investigue.

En el debate, la magistrada presidenta refutó los argumentos en pro de la nulidad al sostener que en los proyectos de sentencia hubo “cero validez probatoria para anular la elección”.

Acusó a los magistrados, en particular a Rodríguez, de intentar por diversas vías afectar la elección y lanzó: “si no hemos entendido que es producto de una decisión ciudadana no vamos a pasar de la etapa de la negación”.

El tribunal -insistió- “no tiene una varita mágica para tirar una sentencia o dos”. Y acusó que los proyectos son “discriminatorios” al señalar que la ciudadanía sedejó manipular.

En un momento, la magistrada Soto dijo que si existen indicios de los acordeones pero no de su distribución y centró una parte de su argumentación en que los presentados por el magistrado Reyes Rodríguez para pedir la nulidad son listados nuevos, pues no se aprecia su uso.

“El proyecto convierte la llamada operación acordeón en una trama paranoica, conspiratoria de coacción al electorado, sin pruebas meritorias para ello” insistió.

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No se probó nada, dicen magistrados

Al fijar su postura, el magistrado Felipe de la Mata expuso más de un centenar de preguntas para mostrar todas las dudas que a su criterio prevalecen en los proyectos que pidieron la nulidad, entre ellos que se desconoce si en realidad existieron los acordeones, quién lo pagó, si hubo recursos públicos de qué origen y si en verdad hubo influencia en el voto.

Aseguró que pedir la anulación de la elección por los acordeones, “deja de tomar en cuenta que su uso fue validado por el INE y el Tribunal” pues según dijo, ambas instancias no impidieron a la ciudadanía la utilización de materiales de apoyo.

Y sobre la relevancia de su impacto planteó: “¿De verdad un papel en el bolsillo para ayudar al votar, del que se desconoce si se distribuyó y si efectivamente se usó, ni mucho menos de manera generalizada, se convirtió en una ilicitud que amenaza la democracia y la validez de una elección?”.

Para él, la existencia de varios modelos de acordeón pone en duda la sistematicidad. Y tampoco consideró probados la autoría, circunstancias de modo, tiempo y lugar de los acordeones digitales y las páginas web donde se promovieron

“¿Cuántas personas tuvieron acceso?, ¿Esto puede asumirse como una inducción al voto?, ¿Cuántos votos, de qué manera?”, recalcó.

El magistrado Felipe Alfredo Fuentes Barrera sostuvo que se pretende anular la elección de ministros “mediante la simple acumulación de inferencias, un uso expansivo inordenado del análisis contextual, una metodología estadística que no cumple la exigencia constitucional de contar con hechos plenamente acreditados para anular elecciones”.

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Consideró que aunque se presentaron muchos elementos, “su fuerza probatoria es mínima”.

Respecto a los 3,188 acordeones presentados el proyecto dijo: “aquí sí hay algo físico, pero sin datos de quién, cuándo, dónde, cómo y para qué fueron producidos, recibidos o distribuidos. Por eso, su valor como prueba es limitada”.

En el debate, el magistrado Reyes Rodríguez refutó los argumentos de los tres ministros que votaron por rechazar la nulidad.

Al cuestionamiento de que no se probó quien pagó los acordeones, recordó que el hecho de que hayan existido y no los pagaron los candidatos, acredita la ilegalidad, pues sólo ellos estaban autorizados y estaba prohibido todo financiamiento privado o público.

“Lo pudieron haber hecho extraterrestres. O sea, no importa quién los hizo, porque la existencia que está probada es ilícita, y su distribución es ilícita”.

Frente al argumento de que no se acreditó que los acordeones hayan provocado la votación en un sentido, planteó que ante casos de coacción y compra del voto esa es la ilicitud y no si efectivamente eso surtió efecto en el sentido del voto.

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Además Rodríguez refutó el argumento de que se requieren pruebas de irregularidades graves para anular una votación, pues se ha anulado un proceso incluso por una barda o por publicaciones en redes sociales, pues lo relevante es la incidencia en la certeza de la elección.

¿Por qué se debió anular la elección?

Al presentar su proyecto, que analizó la impugnación que presentaron una veintena de candidatos judiciales, y la asociación civil Litigio Estratégico, el magistrado Reyes Rodríguez Mondragón expuso que se afectó en tres vertientes la certeza y legalidad de la elección.

En el expediente, informó, se conocieron 3,188 acordeones impresos aportados en la demanda -que mostró en unas cajas, durante la sesión-, 374 pruebas digitales (imágenes, videos, audios, notas, redes) y además tanto el INE -al invalidar votación en algunas casillas- como el TEPJF han reconocido en diversas resoluciones la existencia de acordeones.

Los acordeones si existieron, planteó en su argumentación el magistrado Reyes Rodríguez.

El magistrado Reyes Rodríguez argumentó que los acordeones si existieron.
(Foto: captura de pantalla de la argumentación presentada por el magistrado del TEPJF Reyes Rodríguez)

Argumentos de que sí hubo estrategia organizada detrás de los acordeones, presentados por el magistrado Reyes Rodríguez.

Argumentos de que sí hubo estrategia organizada detrás de los acordeones, presentados por el magistrado Reyes Rodríguez.
(En sesión del TEPJF el magistrado Reyes Rodríguez argumentó que sí hubo estrategia organizada detrás de los acordeones, estos son algunos elementos.)

Además se consideraron 38 carpetas de investigación abiertas por la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales en la Ciudad de México en los que constan indagatorias sobre acordeones en todas las alcaldías de la capital y datos de denuncias en procedimientos sancionadores en al menos 15 estados

Con el conjunto de los listados, concluyó, se impactó la equidad en la contienda, la autenticidad y libertad del voto y la prohibición expresa a cualquier tipo de financiamiento ajeno a las candidaturas.

A su juicio los acordeones si existieron; si fueron parte “de una estrategia premeditada, compleja, coordinada, sistemática y generalizada de distribución para influir en la ciudadanía”.

Además el magistrado consideró que esas “guías” si resultaron determinantes en el resultado de la elección.

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Para demostrarlo, planteó un análisis estadístico según el cual, dado que contendieron para ministros de la Corte 64 candidaturas “se podrían hacer 7,400 millones de combinaciones diferentes”.

Sin embargo “una sola combinación de nueve candidaturas obtuvo cerca de 41 millones de votos, es decir, aproximadamente el 45% de los votos válidos”.

“La probabilidad matemática de que esta coincidencia ocurriera por iniciativa ciudadana, individual y sin coordinación alguna es prácticamente de cero”, indicó.

Esa votación en bloque para realidades sociopolíticas tan distintas como las que ocurren en nuestro país es muy improbable, sin esquemas de coordinación, como pueden ser los acordeones, concluyó Reyes.

A todo ello se sumo, dijo, que hubo una sistemática afectación a la integridad electoral durante toda la fase de organización del proceso, cuyos estándares fueron distintos a otras elecciones.

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La magistrada Janine Otálora Malassis, ponente en otra de las impugnaciones en las que dos excandidatos a la Corte alegaron que los acordeones vulneraron la libertad del sufragio y evidenciaron recursos prohibidos en las campañas, pues fueron financiados por terceros y no por candidatos, coincidió en que no había posibilidad para la coincidencia de votación, sin los acordeones.

“Los acordeones no tuvieron naturaleza didáctica sino que fueron diseñados para influir” de manera indebida en la elección, dijo.

A su juicio, la nulidad de una elección protege la libertad del sufragio” y en este caso “sí existieron mecanismos para influir en la voluntad de la ciudadanía afectando de manera determinante la libertad del sufragio, ello a partir de las pruebas que integran el expediente y de su análisis contextual”.

Hay, dijo, elementos indiciarios fuertes de que las guías aparecieron en todo el territorio ya que las notas periodísticas y las publicaciones en redes sociales dan cuenta de éstos en las 32 entidades federativas, por lo cual su distribución fue generalizada y abarcó la totalidad del país.

En la elección, recordó, en la mayoría de los estados mientras más personas votaban más crecían los votos para las mismas nueve candidaturas ganadoras, cuando la experiencia dicta que en una elección típica a mayor votación, mayor diversidad de opiniones.

“En esta elección sucedió justamente lo contrario, lo que sugiere una indebida y sistemática coordinación para favorecer la votación en favor de una combinación numérica ganadora.

“En 21 estados casi los mismos nombres ganadores estuvieron siempre entre los más votados, lo que es sumamente improbable al haber existido 64 opciones y libertad para combinar, aunado a que cuando se ordenan los resultados de mayor a menor en una elección típica los votos deberían bajar de manera gradual”, estableció.

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