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Reforma al PJ también cambia el paradigma de la justicia electoral

  • May 14,2025
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Adriana Favela, candidata a la Sala Superior del Tribunal Electoral, subraya la necesidad de agilizar la resolución de casos para garantizar la justicia, por ejemplo, en casos de violencia política.Adriana-Favela-entrevista

La Reforma Judicial no sólo impactó a ese Poder, sino que implicará un cambio de paradigma en la justicia electoral, pues modificó la forma en que se revisará la legalidad de las campañas, la propaganda y la equidad en las siguientes elecciones federales, plantea Adriana Favela.

“Por eso aquí veo que será importante rescatar a la gente que está especializada, para que (el trabajo lo) realice de la mejor manera posible”, sostiene la candidata a magistrada de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

En caso de ser elegida en las elecciones del 1 de junio, Favela será una de las responsables de calificar la elección presidencial de 2030 con las reglas que entrarán en vigor en septiembre de 2025 y con una Sala Superior del TEPJF con nuevos integrantes.

En las elecciones judiciales se elegirán dos magistraturas de la Sala Superior del TEPJF: un hombre y una mujer.

Con una carrera electoral de más de 20 años, Favela es una de las siete opciones a ese cargo. Es experta en derecho constitucional, exmagistrada de la Sala Regional Toluca del TEPJF y exconsejera del Instituto Nacional Electoral (INE).

“No te puedes tardar 10 meses y sobre todo en casos de violencia contra las mujeres. Con la protección de los derechos político electorales estamos obligados a ser expeditos y garantizar la justicia que se nos reclama”, sentencia.

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En entrevista con Expansión Política, Favela advierte que los cambios en materia de justicia electoral que trajo consigo la Reforma Judicial requerirán de expertos para su correcta operación, pues a partir de septiembre se extinguirá la Sala Regional Especializada del TEPJF.

Por lo tanto, en algunas materias relativas a las elecciones federales, como por ejemplo la revisión de posibñes actos anticipados de campaña, la Sala Superior será la única instancia revisora, con fallos definitivos.

Eso también aplicará en la resolución de procedimientos sancionadores sobre otras violación de normas electorales, como uso de recursos públicos; difusión de contenidos calumniosos en spots, redes sociales o propaganda electoral; y denuncias de violencia política contra la mujer, casos que recaerán ahora en la Sala Superior como única instancia de resolución.

¿Cómo impactará la reforma judicial a la justicia electoral?

Uno de los principales cambios es que la Reforma Judicial eliminó una segunda instancia en la revisión de quejas y procedimientos en los que se denuncien irregularidades en propaganda, spots, campañas, pues decretó la extinción de la Sala Regional Especializada en septiembre.

En adelante sólo será la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral (UTCE) del INE la responsable de sustanciar las quejas, y la Sala Superior, la que decida y eso es algo que veo que puede ir causando algún tipo de controversia: teníamos a la Sala Regional Especializada y todo lo que se resolvía podía ser susceptible de impugnación.

Ahora ya no va a ser susceptible de revisión y habrá una única instancia, la Sala Superior, que ya será un órgano terminal ¿Qué implica? Que lo que tú resuelvas ya no es susceptible a la revisión, ahora será la última palabra.

Hoy la UTCE del INE recibe las quejas, las sustancia (investiga). Y si se solicitan, la Comisión de Quejas se pronuncia sobre las medidas cautelares que se pidan. Si no se solicitan, de todas formas cuando ya está integrado el expediente y se agotó toda la investigación se manda a la Sala Especializada. Pero si ésta desaparece con motivo de la reforma, entonces se va a mandar a la Sala Superior, que resolverá el asunto de manera definitiva.

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¿Qué consecuencias podría tener eso en la resolución de elecciones en el futuro?

Sí es un cambio de paradigma, porque se quita una instancia en casos a nivel federal y ya no podrá haber revisión de los fallos de la Sala Superior. Pero en campañas a nivel local vamos a seguir con el mismo esquema: investigan los Organismos Públicos Locales Electorales (OPLES), resuelven los tribunales electorales a nivel local y ya dependiendo del tipo de elección pues ya se van a las salas regionales o a la Sala Superior.

Y con esos procedimientos sancionadores se podrán resolver multas, pero también si las campañas fueron equitativas.

Puede decirse que habrá más eficiencia y rapidez en resolver, pero para los partidos políticos o las personas candidatas se les estará quitando una instancia. Y si no están de acuerdo con una determinación ya no habrá manera de cambiar”.

Adriana Favela, candidata a magistrada del TEPJF.

Criterios claros

Para Favela, es importante que las autoridades electorales resuelvan con base en criterios claros para dar certidumbre a los actores políticos, pero también ser “firmes y parejos”.

“Y ya saben que si incurren en una conducta que ya fue considerada no válida, ese mismo criterio será para todo el mundo. Yo no digo que hay que multar a los partidos políticos y a la gente nada más porque respiran, no, pero sí ser congruente y tener muy claro los criterios”, recalca.

¿Qué otros cambios introdujo la Reforma Judicial al funcionamiento de la Sala Superior?

Una atribución completamente nueva tiene que ver con la competencia para resolver sobre la elección de ministros de la SCJN, TDJ, jueces, magistrados, menos los de Sala Superior.En esa materia los actuales magistrados por primera vez ejercerán esas atribuciones.

¡Este 1 de junio vota por una justicia que escuche, entienda y actúe!Soy Adriana Margarita Favela Herrera, candidata a Magistrada de la Sala Superior del TEPJF.Marca en la casilla 0️⃣3️⃣ en la boleta azul💙¡Por una #JusticiaCercanaALaGente y con perspectiva de género!💜… pic.twitter.com/C6XL30gzSk

— Adriana Favela H (@adriafavela)
May 4, 2025

Históricamente ha habido reclamos al TEPJF y no hay partido que quede contento con todo ¿Hay algo mal con la justicia electoral?

En una controversia electoral se valoran los distintos elementos que hay en el expediente y se puede tomar una decisión para un lado o para para otro y la parte que gane, obviamente va a estar conforme y la parte que pierda, pues va a reclamar.

Pero yo creo que lo más importante es que las personas que son autoridades electorales, ya sean administrativas como el INE o jurisdiccionales, los magistrados, tengan criterios claros ¿A qué me refiero? Que si veo una taza de color azul, así me lo plantee el partido blanco, el negro, el amarillo, el de color morado, es el mismo criterio: la taza siempre va a ser azul.

Cuando hay criterios claros eso da certidumbre a los actores políticos. Y en materia electoral saben con certeza qué si pueden hacer y qué no.

Candidata a magistrada de la Sala Superior TEPJF Adriana Favela Herrera.

La candidata a magistrada de la Sala Superior del TEPJF ha sido magistrada de Sala Regiola Toluca y consejera del INE
(Adriana Favela Herrera/Facebook)

Como exconsejera y parte de la Comisión de Quejas impulsó procedimientos importantes contra los partidos y multas millonarias. Ahora pareciera que se les perdonan muchas conductas y reducen multas…

Creo que las autoridades tienen que ser muy firmes y para eso sirven esos criterios parejos. En 2016-2017, por ejemplo, hubo más de 20,000 quejas contra todos los partidos, acusados de afiliar indebidamente y sí tenía que sancionarse, pero sobre todo proteger los derechos ciudadanos a la libre afiliación.

Estábamos imponiendo una sanción hasta de 100,000 pesos por cada persona indebidamente afiliada. Y se dio a los partidos políticos todo un año para que verificaran sus padrones, contaran con sus cédulas de afiliación voluntaria.

Todos tuvieron que hacerlo y por eso digo que las autoridades tienen que ser parejas y muy firmes con sus criterios, sí ser exigentes, pero también con mucho diálogo con los partidos, tender puentes. Pero también las multas deben ser específicas en relación con el caso concreto y que inhiban la conducta violatoria.

Por ejemplo, con los asuntos de 2018 del Partido Verde, la Sala Especializada les impuso una multa de siete millones de pesos y en el 2021 vuelven a hacer la misma estrategia de violar la veda electoral con personas influencers para promocionarse. Pero el INE les impone casi 40 millones de multa y además les quita un año de su prerrogativa de radio y televisión a ver si lo vuelven a hacer ¿no? Y ya no lo han hecho. Entonces, como autoridad te tienes que tomar en serio tu papel, actuar con congruencia y conforme lo que dice la Constitución y la ley.

‘Vamos lento en sanción de violencia política’

La exconsejera electoral reconoce los avances normativos para combatir la violencia política de género, no obstante, considera que en materia de sanciones el país va lento.

“La reforma es de 2020, entonces sí vamos lento”, afirma Favela quien, como el resto de candidatos judiciales, está en campaña desde el pasado 30 de marzo.

Aparentemente se ha avanzado mucho con reformas constitucionales en contra de la violencia política contra las mujeres, pero ¿qué pasa, por qué que no se ve en los hechos?

Las reformas han ayudado a alentar la participación de la mujer y que si sufren violencia se pueda sancionar, pero sí vamos lento.

Desde la reforma de 2020 ya se juzga con perspectiva de género y se ve como violencia el que haya estereotipos de género, los más recurrentes son los que dicen que las mujeres se tienen que dedicar al hogar y los hombres a la vida pública; hoy ya se considera que se agrede a las mujeres y se les violenta si se les impide participar.

En 2021 se anularon dos elecciones por violencia política en municipios de Guerrero y el Estado de México, pero ¿qué pasó ahí? Que se realizaron elecciones extraordinarias y ganaron las personas señaladas como violentadores.

Y apenas en diciembre de 2024 se anuló una elección por ese motivo, se repitieron las elecciones y ganó la mujer candidata que había sido violentada, en Irimbo, Michoacán.

¿Qué pasa? que la entonces candidata del PRD denuncia que hay violencia política en su contra y se acredita: primero se le señalaba que su esposo, un político, le había dejado el cargo, pero se supo que ya estaba divorciada y que tenía otra pareja, entonces cambian los ataques para decir que ella era una persona no muy confiable desde el punto de vista de moral.

Y esa clase de comentarios a nosotros las mujeres pues sí nos afectan muchísimo ¿no? y es violencia política porque decían que ella estaba ahí en la candidatura, no tanto por su capacidad, sino por los hombres. Se anula la elección, ella vuelve a competir por el PRD y gana. Y ya tomó posesión del cargo en 2024.

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¿Aumentan los casos o son más visibles?

Se ha hecho un esfuerzo institucional más grande. Cuando estuve en el TEPJF se hizo un estudio (por parte) del observatorio de participación política de la mujer de México junto con el INE y se han ido documentando los casos.

En el 2024 hubo una numeralia de casi 1,500 casos y no es que hayan aumentado, sino que ahora son más visibles porque antes no se tenía este esfuerzo a nivel nacional.

Pero además lo que encontramos es que el instrumento jurídico al que se recurre más para denunciar estos casos es el procedimiento especial sancionador, pues denuncias de carácter penal tenemos como unas 526 aproximadamente.

Y las denuncias penales por violencia política contra la mujer no prosperan…

Así es, las denuncias de carácter penal, por lo menos hasta diciembre de 2024, ninguna denuncia se había judicializado, no había sentencia que declarara la existencia de violencia política contra las mujeres en razón de género desde el punto de vista penal.

Eso tiene mucho que ver con la reforma del artículo 38 constitucional que se dio en el 2023, donde te dicen que se suspenden los derechos políticos electorales de las personas cuando tengan una sentencia por violencia política, pero la Sala Superior ha dicho que tiene que ser solamente desde el punto de vista penal.

Si aplica ese criterio, pues hace nugatoria la reforma, porque desde el punto de vista penal en el 2024 no va una sola sentencia que declarara la violencia política, aunque hubiera 526 denuncias ¿no?

Entonces, el instrumento más recurrente es el procedimiento especial sancionador. Ahí sí se emitieron unas sentencias en que se llega a la conclusión de que sí hay violencia política contra la mujer, alrededor de 60 casos.

Pero eso no inhabilita a nadie ni siquiera a ocupar un cargo…

Así es, no inhabilita, porque la Sala Superior tiene la idea de que solamente te pueden inhabilitar, de acuerdo con el artículo 38 constitucional, sí hay sentencia firme desde el punto de vista penal y estas resoluciones no son penales.

Todo lo que se ve del procedimiento especial sancionador es un procedimiento administrativo electoral.

¿Cómo se debería avanzar? Porque entonces no hay justicia electoral para las mujeres…

Sí, yo estaría ahí de acuerdo con el criterio que ha sostenido la ahora presidenta del TEPJF, Mónica Soto, en el sentido de que (para inhabilitar) se requiere cualquier sentencia firme de violencia política, ya sea que se haya cometido desde el punto de vista penal o administrativo electoral.

O inclusive la violencia política también se puede denunciar desde el punto de vista de las responsabilidades administrativas de los servidores públicos, o también dentro los partidos políticos.

Entonces, toda esa gama de instrumentos jurídicos que se tienen para ver lo de la violencia tendrían que estar dentro del criterio para que se aplique el artículo 38 constitucional.

¿Un cambio de criterios y rapidez en resolver es lo que se requiere?

Sí, porque si no, si no nada más se deja constreñido a sentencias desde el punto de vista penal que tengan que ver con violencia política, pues no va a haber ninguno, se hace nugatorio del derecho y así no sirve.

Y también se requieren resoluciones más expeditas que las denuncias, por ejemplo de propaganda que ejerce violencia política contra las mujeres se resuelvan dentro del proceso electoral, dentro de la campaña, para detener las afectaciones.

Si pasaba con la Sala Regional que resolvía y luego enviaba a la Sala Superior y esta devolvía expedientes, eso alarga. Yo lo que diría es que si de verdad se quiere ayudar a las mujeres se tienen que resolver los asuntos a la brevedad posible y antes de que se lleve a cabo la elección.

De lo contrario, a mí, Adriana, lo que me preocupa es que entonces se está desnaturalizando lo que es el procedimiento especial sancionador, ya no es tan rápido para resolverse y aunque te den la razón de nada te sirve si te la dan después de que se lleva a cabo la elección.

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